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Opinión

Desglocemos la noticia: qué cambia con la Ley 2466 de 2025 y la nueva jornada laboral

Es la pregunta que hoy se hacen varias empresas del sur de Córdoba: ¿cómo cumplir la Ley 2466 de 2025 sin que los recargos les sangren la nómina? Vamos a desglosarlo, empezando por lo que gana el trabajador. Lo que mejora para los empleados Desde el 15 de julio de 2026 entró en vigor la última etapa de la reducción de la jornada laboral máxima, que pasó de 44 a 42 horas semanales. Es el ajuste más grande de todo el proceso que inició la Ley 2101 de 2021, que redujo la jornada de forma progresiva: 48→47 horas en 2023, →46 en 2024, →44 en 2025, y ahora →42 horas. La ley es clara en un punto que hay que resaltar: el salario y las prestaciones sociales se mantienen intactos. Se trabaja menos, se gana igual. A eso se suma la Ley 2466 de 2025, que subió el recargo por trabajo dominical y festivo del 80% al 90%, con una tercera subida programada al 100% en julio de 2027. La jornada nocturna, además, ahora arranca a las 7:00 p.m. en lugar del horario anterior, lo que amplía las horas donde aplica el recargo nocturno. Si un turno cae en la noche de un domingo, el recargo combinado llega al 125% (35% nocturno + 90% dominical). Y si un trabajador labora tres o más domingos al mes, la empresa no solo le paga el 90% de recargo, también le debe un día de descanso compensatorio remunerado la semana siguiente. Son mejoras reales y tangibles en el bolsillo de quien trabaja. La obligación para la empresa Estos cambios no son opcionales ni negociables: son ley, y su cumplimiento es obligatorio para todo empleador en Colombia, salvo los cargos de dirección, confianza y manejo, que quedan por fuera del límite de jornada. El incumplimiento expone a la empresa a las sanciones ordinarias del régimen laboral colombiano. No hay margen para "esperar a ver qué pasa." La salida legal para las operaciones que no pueden parar Ahora, ¿qué pasa con industrias que no pueden detener su actividad, como la minería de ferroníquel, donde los hornos corren las 24 horas del día? La ley contempla una figura pensada exactamente para eso: turnos sucesivos de máximo 6 horas, hasta completar 36 horas semanales, sin generar recargo nocturno ni dominical, siempre que la operación funcione de manera ininterrumpida. Una empresa como Cerro Matoso, que mantiene sus hornos activos 24/7, puede apoyarse en esta figura para rediseñar sus turnos y cumplir la ley sin que el costo laboral se dispare de forma desproporcionada. En resumen: la reforma laboral mejora las condiciones de quien trabaja, exige más de quien emplea, y ofrece, dentro del mismo marco legal, herramientas para que la operación continua sea sostenible sin sacrificar derechos. Entender bien estas tres partes es lo que permite que la ley se cumpla sin traumatismos, para ambos lados.

SC

Sara Carrascal

Abogada · Derecho Laboral y Minero Ambiental

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